En satic disponemos de sistemas de Control de Presencia

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satic ofrece sistemas (software y hardware) para controlar las horas trabajadas compatible con la ley para el cumplimiento de los límites del horario de trabajo que entrara en vigencia el 2 de Mayo, que obliga a las empresas a registrar la jornada laboral de forma diaria, especificando el inicio y el fin de la jornada de cada trabajador.

El principal objetivo de un sistema de control de presencia, es obtener informes detallados de horas trabajadas, cumplimiento de horario, control de la asistencia, entradas y salidas del trabajo. El sistema permite llevar un control automático del empleado. También permite fichar por motivos adicionales a las salidas y entradas de trabajo.
Se puede obtener informes de salidas comerciales, salidas a comer, salida médica, etc. Es configurable por el usuario.

Las empresas deberán realizar el control de horas de trabajo de sus empleados desde el 12 de mayo

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A partir del 12 de mayo las empresas tendrán que registrar, diariamente y obligatoriamente, el control de horas de trabajo de sus empleados. La medida adoptada por el Ejecutivo modifica el Estatuto de los Trabajadores y obliga a las empresas a realizar un registro diario del horario de sus trabajadores, que incluya: la hora de inicio y finalización de sus jornadas además de obligarlas a conservar este control de presencia por un periodo mínimo de 4 años.

La medida surge para impedir las horas extraordinarias impagadas. Sólo en 2018, “se realizaron 6,4 millones de horas extraordinarias en España. Al 48% de los trabajadores que realizaron horas extras, éstas no les fueron abonadas, ni tampoco se cotizaron en la Seguridad Social” como lamenta el Ejecutivo.

¿Qué implica el registro y control de horas trabajadas para las empresas?
Por parte de los empleados, éstos están obligados a fichar dentro de un marco horario, fuera del cual la empresa no tiene derecho a exigir nada al trabajador ni a ponerse en contacto con él. Este registro para cada trabajador será diario y deberá incluir el horario de entrada y salida así como:

• Identidad de la empresa.
• Identidad del trabajador.
• Control exhaustivo de la jornada de trabajo estipulada por contrato.
• Especificación de las horas laborales, ordinarias y complementarias realizadas y desglosadas por día de trabajo.
• Firma del representante legal de la empresa.
• Firma del trabajador.

Por parte del empresario, éste estará obligado a informar mensualmente sobre las horas trabajadas, tanto ordinarias como extraordinarias -que ha hecho cada empleado/por cada día trabajado- y deberá enviar una copia de los resúmenes del registro diario del control de horarios de empleados, tanto a sus trabajadores como a los representantes sindicales. Además, tendrán que conservar esta documentación durante un mínimo de 4 años como establece la ley.

Para trabajadores en movilidad
En el caso de las profesiones como transportistas, comerciales, equipo en movilidad el hecho de no tener un centro específico se someterán a determinadas obligaciones de registro jornada que, muy previsiblemente, implique la utilización de servicios telemáticos para garantizar el control de horas de trabajo de forma exhaustiva.

Sanciones graves: multas de 6.250 euros
El incumplimiento por parte del empresario del registro de horas de sus empleados conlleva infracción muy grave con una multa de 6.250 euros para la empresa y no son individualizadas.

Primera sentencia en España sobre el uso de la videovigilancia para acreditar un despido disciplinario

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Un juez de Pamplona ha dictado la primera sentencia en España sobre los requisitos para la validez como prueba de las grabaciones de vídeo vigilancia en el control empresarial de la actividad de los trabajadores.

El titular del Juzgado de lo Social número 3 de Pamplona concluye que la prueba obtenida de la grabación es nula porque la empresa se había limitado a poner un cartel avisando de la presencia de cámaras, pero no había informado a los trabajadores de su instalación ni de la concreta finalidad del sistema instalado.

El magistrado, no obstante, declara procedente el despido disciplinario porque se practicó otra prueba desvinculada con las grabaciones ilícitas, la declaración de un testigo que vio la agresión, según ha informado el TSJN.

Ver la noticia completa:

https://amp.20minutos.es/noticia/3584234/0/juez-pamplona-dicta-primera-sentencia-sobre-videovigilancia-para-acreditar-despido-disciplinario/

Internet Explorer no es seguro según la propia Microsoft.

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La compañía insta a sus usuarios a utilizar Edge u otros navegadores de Internet en lugar de su viejo programa.

Microsoft ha explicado que su navegador Internet Explorer hace tiempo que se mantiene solo por razones de compatibilidad, sobre todo, a nivel empresarial, y aconseja a sus usuarios no usarlo como navegador predeterminado.

https://www.elmundo.es/tecnologia/2019/02/11/5c6177eefdddff818e8b45af.html?cid=BOOMA&utm_source=taboola&utm_medium=exchange

SATIC y «AppVision V4 SDK Training».

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En satic consideramos que el conocimiento es fundamental para poder dar a nuestros clientes el mejor servicio.
Por ello ayer estuvimos en Madrid en la primera parte de un curso de programación de «AppVision V4 SDK Training».

SATIC partner Silver de Axis

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El 1 de Febrero satic pasa a ser partner Silver de Axis.

Además somos la única empresa de Asturias que ha sido invitada a la II edición del Axis Solution Conference 2019 que tendrá lugar los próximos 20 y 21 de Marzo en Madrid.